domingo, 31 de enero de 2010

Participar si, concursar no!

¿Lamentablemente? la reforma de la ley concursal del 3/2009 pasa de lo social a la masa concursal los salarios impagados con la consiguiente repercusión negativa en la delicada situación de la empresa. Así es, en el momento que se necesita mayor productividad y compromiso vemos como los empleados preocupados por sus bolsillos y obligaciones económicas, se empeñan en el cobro de su merecido (no siempre) salario a costa del boicot inconsciente hacia el mal llamado “patrón” (del lat. patronus=protector). El estado quién debería ser el verdadero patrón es el que ha diseñado y modificado la ley Concursal en detrimento de los empleados.

Parece injusto a todas luces para todas las partes, y precisamente esta reflexión no es un alegato a favor solo de los empleados sino también de las empresas en fase de proceso concursal.

Ahora pués veamos, el Fondo de Garantía Salarial está dotado para resarcir del impago al empleado por los últimos 150 días impagados más la indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 365 días. Recordemos que FOGASA paga un máximo de tres veces el salario mínimo interprofesional, es decir máximo en salarios de 10.899€ y un máximo indemnizatorio de 26.520,90€.

Teniendo este nuevo dato en cuenta parece entonces medianamente razonable y equilibrada la reforma de la ley, ya que existiendo el Fondo de Garantía Salarial los empleados se encuentran cubiertos hasta ese límite, con la ventaja para la empresa que dicha deuda con FOGASA entra en la masa concursal, dándole más espacio a la empresa para la planificación y viabilidad en el pago. Esto es correcto, siempre que la empresa no cometa presuntamente abusos de ejercicio planificado en contra de los empleados, como ha pasado y es de conocimiento público con una aerolíneas que ha entrado en concurso recientemente, donde los trabajadores llevaban ocho meses sin cobrar.

La herramienta concursal es una excelente medio para la salvaguarda y reconducción de empresas que de otra forma terminarían directamente en liquidación. Por lo que la crítica en ningún caso va en contra del espíritu de la ley.

Seguiremos hablando sobre la ley concursal que lamentablemente ahora está tan de moda por imperativo de la crisis.

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